información de las AYUDAS PROGRAMA CHEQUE AUTÓNOMO SEGUIMOS ADELANTE- TR342B- DOG núm 133 de 6 de julio 2020
PUNTOS DESTACADOS DE LAS BASES REGULADORAS:
Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas o mutualistas de mutualidad del colegio profesional con domicilio en Galicia que estén en activo y que cumplan los siguientes requisitos:
- No percibiesen prestación extraordinaria por cese temporal de actividad motivada por la pandemia del COVID-19, lo que demostrará con una declaración responsable.
- Que tengan una merma en la facturación superior al 50% comparando la facturación del segundo trimestre de 2020 con la del primer trimestre de 2020, lo que se demostrará con una declaración responsable.
- Que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en el IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido, en la declaración referida al año 2019
- Tener un período mínimo de actividad de 12 meses inmediatamente anteriores a la declaración del estado de alarma según comprobación de vida laboral.
- Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia que estén en activo y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que las personas trabajadoras autónomas societarias no percibiesen prestación extraordinaria por cese temporal de actividad motivada por la pandemia del COVID-19, lo que demostrará con una declaración responsable.
- Que tengan una merma en la facturación superior al 50% comparando la facturación del segundo trimestre de 2020 con la del primer trimestre de 2020, lo que se demostrará con una declaración responsable.
- Que la empresa tengan una base imponible en el impuesto de sociedades del año 2019 anual inferior a 30.000 € (casilla 552 del impuesto) y una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido, en la declaración referida al año 2019
- Tener un período mínimo de actividad de 12 meses inmediatamente anteriores a la declaración del estado de alarma según comprobación de alta en IAE
Proyectos Subvencionables
- Ayuda a GASTOS LOGÍSTICOS y de TRANSPORTE de envíos de la empresa comercializadora de productos finales al domicilio de las personas consumidoras finales. La ayuda será de 3 € por envío con un máximo de 100 envíos para autónomos, si la empresa tiene entre 1 y 5 empleados el máximo será de 150 envíos y si la empresa tiene más de 5 empleados el máximo será de 200 envíos.
- Ayuda del 100% de los siguientes gastos:
- Pago por estar en alguna PLATAFORMA DE E-COMMERCE LOCAL
- Pago por LICENCIA DE USO DE SOFTWARE DE VENTA EN LÍNEA
- Gastos de PUBLICIDAD EN REDES SOCIALES
- Gastos corrientes de seguridad: MASCARILLAS, GUANTES, DESINFECTANTE, LIMPIEZA, MAMPARAS, ASESORAMIENTO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
- Gastos de suministros y de telecomunicaciones
Cuantía de la ayuda
- Gastos logísticos: 300 € persona autónoma; 450 € empresas entre 1 y 5 empleados; 600 € empresas de más de 5 empleados
- Resto de gastos (descritos en el punto 2 de proyectos subvencionables) : 600 € para personas autónomas; 900 € para empresas entre 1 y 5 empleados; 1.200 € para empresas con más de 5 empleados
Plazo de presentación de solicitudes
- Hasta el 6 de agosto de 2020
Plazo de ejecución de proyectos
- Desde el 15 de marzo hasta el 20 de diciembre de 2020
Presupuesto
- 16.000.000 €