Tal y como está informado la Agencia Tributaria, en breve entrarán en vigor las ultimas obligaciones en relación a los PROGRAMAS DE FACTURACIÓN.
Estas novedades implican que:
1º – Si ustedes son usuarios de un programa/software de facturación debe estar adaptado a la normativa.
2º – Con el programa en funcionamiento podrán elegir dos modalidades:
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- VERIFACTU: remisión automática a Agencia Tributaria de los registros de facturación.
- NO VERIFACTU: sin remisión voluntaria de registros a Agencia tributaria.
Esta opción implica entre otras, la obligación de conservar los registros de facturación y eventos accesibles, íntegros y con trazabilidad durante al menos 4 años según normativa fiscal.
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Debido a los riesgos que esto último implica y las elevadas sanciones por incumplimiento de la norma (desde 50.000€), entendemos que lo más recomendable es la opción VERIFACTU.
Para cualquier duda, aclaración o consulta sobre programas y puntos de venta (TPV) que cumplan con la normativa, no duden en ponerse en contacto con nosotros