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Tal y como está informado la Agencia Tributaria, en breve entrarán en vigor las ultimas obligaciones en relación a los PROGRAMAS DE FACTURACIÓN.

Estas novedades implican que:

1º – Si ustedes son usuarios de un programa/software de facturación debe estar adaptado a la normativa.

2º – Con el programa en funcionamiento podrán elegir dos modalidades:

      • VERIFACTU: remisión automática a Agencia Tributaria de los registros de facturación.
      • NO VERIFACTU: sin remisión voluntaria de registros a Agencia tributaria.
        Esta opción implica entre otras, la obligación de conservar los registros de facturación y eventos accesibles, íntegros y con trazabilidad durante al menos 4 años según normativa fiscal.

Debido a los riesgos que esto último implica y las elevadas sanciones por incumplimiento de la norma (desde 50.000€), entendemos que lo más recomendable es la opción VERIFACTU.

Para cualquier duda, aclaración o consulta sobre programas y puntos de venta (TPV) que cumplan con la normativa, no duden en ponerse en contacto con nosotros